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MP apelará resolución de juez que dejó en libertad a dos sospechosos de asesinar a una mujer en Copán

Publicado el 17 enero, 2024 | | Compartir

Santa Rosa de Copán, Copán. – La Fiscalía Especial de Delitos Contra la Vida (FEDCV), de Santa Rosa de Copán, prepara recurso de apelación en el caso de dos sospechosos de asesinar a Ruyth Sarahí Zepeda en el barrio “Dolores” de esa ciudad, quienes fueron puestos en libertad por un juez en la audiencia inicial.

Los imputados son Melvin Jesús Izaguirre Escobar y Julio César López Mejía, acusados por el delito de asesinato en perjuicio de la fémina, hecho que ocurrió el pasado 03 de enero en Santa Rosa de Copán.

La FEDCV solicitó la modificación del delito de homicidio a asesinato según el artículo 193 del Código Penal y propuso siete medios de prueba, incluidos el dictamen preliminar de autopsia de la víctima, el peritaje del video grabado por una cámara de seguridad y dictámenes balísticos de las armas; mismos que dieron positivo con una de las armas decomisadas en el vehículo de los imputados y dos testigos que fueron contundentes en reconocer e identificar a los sospechosos.

Sin embargo, en la audiencia inicial el juez competente dedujo que no hubo resultado positivo en las armas y que son otros los casquillos comparativos, lo cual, según la investigación criminal y científica llevada a cabo, no es así porque los fiscales responsables de impulsar el caso aseguran que todos los indicios salieron positivos.

Además, según el juez competente, la prueba del video no es contundente ya que no se observa bien, quién es el que disparó contra la ciudadana; por lo cual decretó un auto de formal procesamiento por el delito de portación ilegal de armas y sobreseimiento provisional por el delito de asesinato.

Ante estas acciones, la Fiscalía Regional de Occidente presentará recurso de apelación debido a que, según el criterio de los fiscales, existe prueba vinculante para dictar el auto de formal procesamiento, considerando además, que el artículo 245 del Código Procesal Penal establece que en la audiencia inicial sólo se propondrá el peritaje y si se necesita aclarar algo al respecto del informe, puede citarse al perito para ratificar, completarlo personalmente o por escrito.

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