Requerimiento Fiscal por Estafa Continuada contra ciudadano que prometía carros en mejores condiciones a sus víctimas
Publicado el 29 agosto, 2016 |
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Más del millón de lempiras recibió…
Requerimiento Fiscal por Estafa Continuada contra ciudadano que prometía carros en mejores condiciones a sus víctimas
Tegucigalpa, Francisco Morazán. La Fiscalía Especial Contra los Delitos Comunes de Francisco Morazán, presentó en las últimas horas un Requerimiento Fiscal por el delito de Estfa Continuada contra el ciudadano Walter Mauricio Cruz Alonzo, quien fue denunciado por varias personas ante esta instancia del Ministerio Público.
De las investigaciones hechas por la Dirección Policial de Investigación (DPI) esta Fiscalía Especial concluye que entre los años 2014 y 2015, el imputado creó un escenario ficticio, en el sentido que prometió a las víctimas la adquisición de vehículos en mejores condiciones que los que ya tenían en su haber los ofendidos, para ello, el denunciado solicitó a los agraviados que le entregaran su automotor, documentos originales e incluo depósitos de dinero.
Todas las condiciones fueron establecidas en un contrato de compraventa entre las partes, sin que ninguna de ellas se cumpliera a cabalidad, según fiscales que conocen del caso, Cruz Alonzo resolvió extrajudicialmente su situación con al menos cuatro afectados, no obstante, son más de diez personas las perjudicadas con su accionar, razón por la cual, concluídas las investigaciones el Ministerio Público resolvió presentar la acción penal en represetación de los ofendidos.
De acuerdo al escrito presentado ante los Tribunales competentes, el imputado recibió diferentes depósitos bancarios que los perjudicados hicieron en diferentes momentos de los cuales la suma total es de Lps. 1, 217, 000.00.
El Código Penal Hondureño precisa en el artículo 240 que comete Estafa “quien con nombre supuesto, fingiéndose dueño de bienes, créditos, empresas, o negociación valiéndose de cualquier artificio, astucia, engaño indujere a otro en error, defraudándolo en provecho propio o ajeno. Cuando se comete un delito contra la propiedad dos o más veces, bien sea en un solo momento o en momentos diversos mediante acciones u omisiones ejecutados en cumplimiento de un plan preconcebido o aprovechando idénticos o similares circunstancias, dicho delito se considera como un solo continuado”.
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