COMUNICADO DE PRENSA
Caso Ciudad del Ángel
El Ministerio Público, a la comunidad nacional e internacional, se permite comunicar lo siguiente:
1. Que corresponde al Ministerio Público, por mandato constitucional y legal, representar y defender a la sociedad en todos aquellos casos donde se presuma existe la comisión de un delito, para lo cual, sus Agentes Fiscales de Tribunales formularán, motivada y específicamente, sus requerimientos, dictámenes y conclusiones, y actuarán en los juicios y asuntos según su criterio y de acuerdo con los procedimientos que establecen las leyes respectivas.
2. En tal sentido, en el denominado caso “Ciudad del Ángel”, como en todos los casos, el Ministerio Público se constituyó en el juicio como parte de buena fe, por considerar que las actuaciones cometidas por los imputados transgreden la Ley.
3. Vale mencionar, que en el caso “Ciudad del Ángel” los Fiscales de Protección Consumidor han mantenido absoluta objetividad y han velado por la correcta aplicación de las leyes penales, pese a la campaña de desinformación y de ataque contra las acciones del Ministerio Público.
4. Asimismo, es oportuno clarificar, que en el proceso penal el Ministerio Público busca una sentencia condenatoria, por lo que no se debe de demandar que en un juicio los Fiscales respeten la presunción de inocencia, pues su misión es quebrantarla, y esperar lo contrario, sería sinónimo de impunidad.
5. En consecuencia, en esta causa, por la que fueron procesados Nelson Abdalah Ghawi, José Valery Boris Espinal Ponce y Darío Alberto Mejía Valdivieso, la Fiscalía espera que este próximo lunes 22 de agosto el Tribunal de Sentencia Natural emita un fallo enmarcado en las evidencias y pruebas evacuadas y no basado en la guerra mediática emprendida contras las actuaciones del Ministerio Público.
Dado en la ciudad de Tegucigalpa M.D.C. a los 19 días del mes de agosto de 2016.