Noticias | Ministerio Público

Fiscalía de la Mujer logra sentencias condenatorias en tres casos de violencia contra la mujer

Publicado el 9 marzo, 2026 | | Compartir

Tegucigalpa, Francisco Morazán. – El Ministerio Público, a través de la Fiscalía Especial de Protección a la Mujer (FEP-MUJER), por medio de procedimiento abreviado y juicio oral y público, obtuvo sentencias condenatorias contra Juan José Zavala Colindres, Carmen Martínez Pastrana y Marvin Alexander Sánchez, declarados culpables por delitos relacionados con violencia contra la mujer, maltrato familiar y quebrantamiento de medidas judiciales, en perjuicio de varias víctimas.

En el primer caso, un tribunal declaró culpable a Juan José Zavala Colindres por el delito de maltrato familiar agravado en perjuicio de una mujer y una adolescente de 13 años. Los hechos ocurrieron el 31 de marzo de 2025, cuando el imputado llegó a la vivienda de su expareja y, tras iniciar una discusión, agredió físicamente a la menor, golpeándola en el rostro y brazos, además de insultar a la madre, quien intervino para proteger a su hija. Actualmente se está a la espera de que se realice la audiencia de individualización de la pena.

En un segundo proceso, el Ministerio Público logró sentencia condenatoria contra Carmen Martínez Pastrana por el delito de violencia contra la mujer, en perjuicio de una dama con quien mantuvo una relación de unión libre por aproximadamente 15 años. De acuerdo con la denuncia, el agresor ingresó por la fuerza a la vivienda de la víctima, dañando los candados de la puerta y profiriendo insultos y amenazas de muerte. Por estos hechos, el tribunal impuso una pena de tres años de prisión, además de una multa de 300 días equivalente a seis mil lempiras, así como medidas accesorias que incluyen prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima.

Finalmente, en otro caso, el tribunal condenó a Marvin Alexander Sánchez por el delito de quebrantamiento de condena o medida, en perjuicio de la autoridad de la justicia, imponiéndole una pena de un año y seis meses de prisión, además de las penas accesorias de inhabilitación especial e interdicción civil.

Asimismo, se le estableció un período de prueba de dos años, durante el cual no deberá volver a delinquir y deberá cumplir medidas reguladoras de la libertad, conforme a lo establecido en el artículo 84 numeral 3 del Código Penal.

Publicaciones relacionadas