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Equipo del MP descarta muerte por Covid-19 en Santa Bárbara

Publicado el 18 abril, 2020 | | Compartir

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Equipo del MP descarta muerte por Covid-19 en Santa Bárbara

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Tegucigalpa. Francisco Morazán.- En medio del período de aislamiento social que se mantiene en el país producto del Coronavirus, personal de la Fiscalía Regional de Santa Bárbara en conjunto con Medicina Forense, se trasladaron a la colonia Mi Viña del sector de Pinalejo, municipio de Quimistán, a realizar un levantamiento cadavérico de la señora Catalina Pineda Martínez, para que personal médico confirmara cuál fue la causa y manera de muerte.

Lo anterior, debido a que vecinos de la zona, preocupados ante un posible caso de Covid-19, llamaron al sistema de emergencia del 911 para el Ministerio Público constactara el fallecimiento de la dama.

En tal sentido, luego de un proceso de evaluación al cuerpo, tambien analizando el expediente clínico y con la realización de entrevistas a familiares de la occisa, el Médico Forense estableció que la fallecida se encontraba bajo tratamiento médico de diálisis en un centro hospitalario de la zona y determinó a través del dictamen médico legal preliminar que su muerte fue a causa de una falla renal, con lo que se descartó su desceso por contagio de Coronavirus.

Es así que después de una adecuada investigación y un trabajo técnico del Fiscal de Turno y el Médico Forense, se extendió la constancia de inhumación; es de mencionar que los casos por muerte por Coronavirus serán conocidos según lo establecido en los lineamientos de cadáveres por casos de Covid-19 manejado por SINAGER.

Personal del Ministerio Público realiza labores de turno a nivel nacional y en cumplimiento con el Código Penal en sus artículos 204 y 205 y en la normativa interna para todos los procesos de levantamiento cadavérico por muertes indeterminadas y muertes violentas independientemente del lugar de la ocurrencia del hecho, ya sea en vía pública, hospitales, residencia, entre otras, debe de participar todo el equipo de levantamiento necesario para cumplir con su obligación, como lo describe la circular institucional No. 00015-2020.

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