Caso Didapol

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DIDAPOL es notificada del auto de formal procesamiento en contra del sub comisario de policía Carlos Fernando López García acusado de hostigamiento sexual y actos de lujuria

Publicado el 4 abril, 2019 | | Compartir

Caso Didapol

DIDAPOL es notificada del auto de formal procesamiento en contra del sub comisario de policía Carlos Fernando López García acusado de hostigamiento sexual y actos de lujuria

Caso Didapol

García Tegucigalpa, Francisco Morazán. Luego que fiscales de protección a la mujer, presentaran requerimiento fiscal en contra del sub comisario de policía Carlos Fernando López García por los delitos de hostigamiento sexual y actos de lujuria, las agentes de tribunales además notificaron a personeros de la Dirección de Asuntos Disciplinarios de la Policía (DIDAPOL) la resolución que emana de tribunal competente, es decir, el auto de formal procesamiento con medidas distintas a la prisión preventiva.

El uniformado, fue denunciado ante la Fiscalía Especial de la Mujer, por los hechos registrados en noviembre del año 2015, cuando el imputado envío varios mensajes insinuadores a la víctima, quien era una sub alterna, según la denuncia, con la intención de consumar actos sexuales que en ningún momento aceptó la ofendida.

No conforme con los mensajes y según la denuncia, en un primer momento la víctima fue tomada por la fuerza y manoseada por el efectivo policial, en otro momento se atrevió incluso a ingresar aldormitorio de la denunciante con poca ropa, recibiendo el repudio y amenazas de la afectada en el sentido que procedería a la formalización de su denuncia, lo cual orilló al sub comisario a iniciar una cadena de advertencias de traslados para la víctima, asignación de tareas fuera de lugar y acoso de tipo laboral.

Ante el evidente deterioro sicológico de la denunciante, mismo que fue certificado por peritos y acreditado como prueba en la audiencia inicial respectiva, más pruebas testificales y de otra naturaleza, el juez competente resolvió dictar auto de formal procesamiento por considerar que están suficientemente acreditados los indicios racionales de la participación del uniformado en los delitos imputados por la Fiscalía Especial de la Mujer.

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