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Detienen a policía y a juez de justicia municipal de Alauca, El Paraíso

Publicado el 26 abril, 2022 | | Compartir

Danlí, El Paraíso. – Fiscales de Turno presentan requerimiento fiscal en contra de Eduardo Alonzo Cáceres Gómez, quien es Juez de Justicia Municipal del municipio de Alauca, El Paraíso y Edid Javier Cáceres Gómez, policía activo y a quienes se les supone responsables del delito de portación ilegal de arma de fuego en perjuicio del orden público.


Según el informe de investigación presentado por los agentes de la Dirección Policial de Investigaciones (DPI), el lunes 25 de abril a las tres de la tarde estaba un retén militar a la altura del puente, salida a la aldea «San Antonio de Alauca», municipio de Alauca, El Paraíso; se le hizo señal de alto a una motocicleta color negro en la cual se transportaban dos personas de manera sospechosa, por lo cual se les práctico un registro personal.


Se corroboró que Edid Javier Cáceres Gómez conducía la motocicleta y que es agente de policía asignado Dirección Nacional de Protección y Servicios Especiales (DNPSE) en Tegucigalpa, quien en su pecho portaba una escopeta color negro con un cartucho marca AKKAR y seis cartuchos plásticos color blanco, sin percutir.


Al copiloto se le identificó con el nombre de Eduardo Alonzo Cáceres Gómez, quien es el actual Director de Justicia Municipal de la corporación municipal de Alauca, quien al practicarle el registro personal se le encontró un arma de fuego tipo pistola, marca Jericho, conteniendo en su interior un cargador de metal color negro y 15 cartuchos metálicos sin percutir y en la bolsa derecha del pantalón se le encontró un cargador color negro conteniendo en su interior 15 cartuchos sin percutir.


Una vez terminada la operación, los militares procedieron a detenerlos y fueron remitidos a la Dirección Policial de Investigaciones (DPI) de la ciudad de El Paraíso, a ellos se les acusó por el delito de portación ilegal de arma de fuego en perjuicio del orden público.


Hay que mencionar que ambos son funcionarios públicos del Estado de Honduras y fueron detenidos infraganti, ya que las armas que portaban los hoy imputados no tiene registro alguno en el departamento de balística y no cuentan con el permiso autorizado de portarlas. En este sentido, este ilícito es penado por la ley en el artículo 332-B del Código Penal que establece que: “Quien, sin permiso de la autoridad competente, fabrique, almacene, transporte, posea, use, ingrese o saque del país, suministre o venda armas de fuego y municiones para uso personal o deportivas y explosivos comerciales, incurrirá en una pena de tres (3) a seis (6) años de reclusión”.

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