Corte de Apelaciones Natural declara Ha Lugar Recurso de Apelación en caso contra Jacobo Paz Bodden
Tegucigalpa. Francisco Morazán. La Fiscalía Especial del Medio Ambiente (FEMA) fue notificada en las últimas horas, de la resoución que emana de la Corte de Apelaciones Natural Designada para conocer del proceso penal que se sigue contra el ciudadano Jacobo Alberto Paz Bodden, misma que tiene que ver con la interposición por parte de la FEMA, de un Recurso de Apelación ante el Sobreseimiento Definitivo dictado al imputado en un Tribunal de Primera Instancia.
En este sentido, por unanimidad de votos, los magistrados de la Corte de Apelaciones Natural declaran Ha Lugar el Recurso interpuesto por la FEMA reconociendo con ello, según el escrito y la fundamentación fáctica y jurídica de la resolución, que “existe la vulneración al derecho fundamental concebido como garantía judicial mínima del debido proceso en la realización de la Audiencia Inicial, siendo imperativo que previo a la decisión que se adopte, la misma se desarrolle con respecto irrestricto, de principios, derechos y garantías en materia procesal penal”, señala en parte la Corte de Apelaciones, al tiempo que decreta la nulidad de la Audiencia Inicial celebrada en la presente causa el pasado nueve de Febrero de 2016 y ordena se realice nuevamente la Audiencia Inicial.
Al ciudadano Paz Bodden, la FEMA le sigue un proceso penal por los delitos de Descombro, Roturación y Daño a la Fauna en perjuicio del Estado de Honduras, el Medio Ambiente y la Sociedad, como se recordará la afectación a la Fauna es en un área de 1.32 hectáreas de mangle rojo ubicado en una zona protegida conocida como «Jicarito» en el departamento de Choluteca.
Según la acusación penal que data del 06 de Mayo de 2013, Jacobo PazBodden, en su condición de Gerente General de la Granja Marina “San Bernardo”, ordenó la deforestación del lugar para la instalación de un sistema de tratamiento y bombeo de agua.
En el Recurso de Apelación, la Fiscalía del Ambiente fundamentó a la Corte de Apelaciones Designada que en Audiencia Inicial las valoraciones jurídicas efectuadas por el Juez Natural carecen de sustento probatorio al admitir la excepción por falta de acción presentada por la Defensa del procesado en torno a que éste no tenía la representación legal de la empresa y que el Juez de Letras tampoco procedió a admitir y evacuar para su respectivo análisis y valoración los medios de prueba que presentó la Fiscalía principalmente el instrumento público de fecha 07 de abril del 2006 en donde le otorgan el Poder General de la Administración al señor Paz Bodden.
La Corte de Apelaciones Natural por su parte establece que el Juez de Letras “tuvo un mal manejo de la dirección de la Audiencia, hubo vulneración al principio de contradicción” señalan los Magistrados, es por eso que la Corte de Apelaciones Natural ordena se realice nuevamente la Audiencia Inicial en la causa instruida contra el imputado Jacobo Alberto Paz Bodden.