Autoridades del Instituto Nacional Penitenciario tienen un año como plazo para mejorar condiciones de reclusos del centro penal de Yoro
Publicado el 9 junio, 2021 |
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Autoridades del Instituto Nacional Penitenciario tienen un año como plazo para mejorar condiciones de reclusos del centro penal de Yoro
San Pedro Sula, Cortés. Un plazo de un año, a partir de la ejecutoriedad de la sentencia, se concede a las autoridades del Instituto Nacional Penitenciario (INP), para tomar todas las medidas necesarias para hacer cesar la violación de los derechos humanos a los privados de libertad del centro penal de Yoro.
El emplazamiento, es resultado del fallo dictado por la Corte de Apelaciones de la Sección Judicial de San Pedro Sula, producto de una acción de Habeas Corpus Colectivo Correctivo a favor de los privados de libertad del penal de Yoro presentado el pasado 25 de febrero por fiscales de protección a los Derechos Humanos de esta localidad del país, esto tras conocer las condiciones del centro carcelario y la de los reclusos.
En el escrito de presentación del recurso, los agentes de tribunales hacen saber la condición deplorable en las que se encuentra la población penitenciaria, donde se ven vulnerados derechos fundamentales, una cárcel con una población de 282 privados de libertad, todos se encuentran en un solo recinto.
El hacinamiento producto de la sobrepoblación, su alojamiento y la falta de condiciones de higiene entre otras circunstancias resultan lesivas a la dignidad de la población carcelaria y esto hace que los privados de libertad tanto hombres como mujeres convivan en un solo grupo sin existir separación.
La Corte de Apelaciones de la Sección Judicial de San Pedro Sula, al analizar la petición del ente fiscal declaró “HA LUGAR” el recurso de Habeas Corpus presentado a favor de reclusos del centro penal de Yoro, por ende, ordena al director del INP el cumplimiento de acciones conducentes a evitar más condiciones que vulneren la dignidad humana de los internos e internas.
Además, las autoridades judiciales instan al Poder Ejecutivo y Legislativo a efecto de que diseñen y ejecuten una política pública acorde al mandato Constitucional y de cumplimiento a los instrumentos internacionales de Derechos Humanos específicamente de la Convención sobre los Derechos Humanos.
El tribunal de segunda instancia pide además, a la Fiscalía Especial de Derechos Humanos y al Comisionado Nacional de Derechos Humanos que en el marco de sus mandatos y atribuciones vigilen el diseño y ejecución de las políticas públicas en materia de los centros de privación de libertad.
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