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20 años de reclusión a asesino de “Casa Loca”

Publicado el 19 mayo, 2018 | | Compartir

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20 años de reclusión a asesino de “Casa Loca”

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Tegucigalpa. Francisco Morazán. Mediante la aplicación de una Estricta Conformidad, la Fiscalía Especial de Delitos Contra la Vida (FEDCV) logró la Condena de 20 años de reclusión en contra de Cristian Josué Cardona Escoto (18) quien aceptó haber cometido el delito de Asesinato en perjuicio de una persona desconocida, encontrada en una «Casa Loca» en las faldas de El Pedregal de Comayagüela.

Según el expediente investigativo en poder de la Sección de Investigación de Muertes cometidas por Estructuras Criminales Organizadas, la policía fue alertada a través de la línea de emergencia 911 que en la vivienda abandonada número 4114, cerca de una calle de tierra, unos hombres torturaban a un jóven. Cuando los uniformados se acercaron al lugar, varios individuos salieron corriendo del lugar, pero Cardona Escoto, se cayó en unas gradas, por ende fue detenido.

Es así, que al ingresar a la “Casa Loca”, las autoridades se encontraron con el cadáver de un desconocido dentro de un costal color blanco, atado de pies y manos, con signos de haber sido torturado. El dictamen preliminar de autopsia indicó que la víctima falleció por asfixia y sofocación, ya que tenía una bolsa en su rostro.

Asimismo, en el sitio se encontraron tres motocicletas sin placas, que habían sido robadas para utilizarlas para delinquir.

En ese contexto, fue que el Ministerio Público acusó a Cardona Escoto de Asesinato y sustentó el caso hasta la etapa de debate, no obstante se peticionó la Estricta Conformidad en la Sala IV del Tribunal de Sentencia de Tegucigalpa.

Según el artículo 322 del Código Procesal Penal, dicha figura es procedente antes de iniciarse la práctica de la prueba en un Juicio, cuando el acusador y la defensa, con la aquiescencia del acusado, piden al tribunal que dicte sentencia aplicando al imputado la pena que en ese momento sea solicitada, de acuerdo con el escrito de acusación inicial o con la modificación que en éste momento se proponga, pena que en ningún caso podrá ser inferior al mínimo que señala el Código Penal para el delito o concurso de delitos de que se trate.

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