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COMUNICADO AL PUEBLO HONDUREÑO Y A LA OPINION PÚBLICA EN GENERAL

Publicado el 6 marzo, 2018 | | Compartir

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Fiscalía General de la República

COMUNICADO AL PUEBLO HONDUREÑO Y A LA OPINION PÚBLICA EN GENERAL

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El Ministerio Público, al Pueblo Hondureño y a la opinión pública en general, con motivo del siniestro registrado en un predio administrado por la Dirección Policial de Investigaciones (DPI), ubicado en la Ciudad de Tegucigalpa, anillo periférico, a la altura del sitio conocido como “El Molinón” comunica lo siguiente:

Que dicho suceso, tuvo como lamentable resultado (según se reporta en los medios de comunicación televisivos y escritos), la pérdida de 400 vehículos automotores.

Que el Ministerio Público ha recibido con sorpresa, las declaraciones vertidas por la vocera de la Dirección Policial de Investigaciones (DPI), Sulay Ponce; en las que, directamente ha señalado como responsable por la custodia y guarda de dichos vehículos al Ministerio Público, extremo que esta Institución tiene a bien rechazar categóricamente.

Que, para constatar el anterior extremo, se ha corroborado mediante informe suscrito por las autoridades responsables de la administración de los bienes inmuebles del Ministerio Público, de los administradores de evidencias y de la Dirección responsable de brindar seguridad y custodia a las instalaciones físicas del Ministerio Público, lo siguiente: a) Que nuestra institución no es propietaria, arrendataria o administradora del predio donde ocurrió el siniestro; b) Que el módulo especializado responsable de la custodia de evidencias en nuestra Institución, no ha sido, ni es responsable por la custodia de ninguno de los bienes (vehículos) depositados en el referido predio; y c) Que ningún empleado, servidor o funcionario del Ministerio Público, ha prestado o presta sus servicios brindando custodia de los bienes objeto de depósito en el plantel de la Dirección Policial de Investigaciones (DPI), ubicado en el sitio conocido como el “El Molinón”.

Visto lo anterior, y conforme establece el Código Civil Hondureño, en su título noveno (IX), relativo al Depósito, éste, se constituye desde que se recibe la cosa ajena con la obligación de guardarla y de restituirla, conociéndose al responsable del depósito como Depositario; estando este último, obligado a guardar la cosa y restituirla cuando le sea pedida al depositante o a sus causahabientes; respondiendo en caso de daño, por la reparación de los perjuicios y en caso de pérdida, por su restitución. Además de lo anterior, el Depositario es el responsable por la conservación del bien.

Que el Ministerio Público, al no ser dueño del predio, ni arrendar el mismo o administrarlo, no puede ser señalado como responsable por el Depósito (Depositario); y por ende, no tiene ninguna responsabilidad por la guarda, custodia o restitución de los bienes que se hubieren encontrado en depósito en dicho inmueble, antes, durante o después de ocurrido el siniestro, según lo que dispone la Ley.

De esta forma y según las responsabilidades establecidas por el Código Civil, de ser la Dirección Policial de Investigaciones (DPI), la arrendataria, administradora o propietaria del bien inmueble donde se sucedió el siniestro; fue única y exclusivamente esta autoridad, la responsable por garantizar la conservación de los bienes en él contenidos; y en este caso, al darse el siniestro, de su devolución en iguales condiciones a aquellas en que hubiesen sido recibidos, caso contrario, por la indemnización o restitución de dichos bienes, al haberse sucedido su pérdida parcial o total.

Siendo que se ha confirmado por el Módulo Administrador de Archivos, Evidencias y Documentos Históricos del Ministerio Público (MAAEDH/MP), y por nuestra Dirección Administrativa, que esta Institución no tiene ninguna responsabilidad como Depositario de los bienes siniestrados, respetuosamente se invita a los medios de comunicación, al público en general y a los ciudadanos que hubiesen resultado afectados como producto del siniestro, a dirigir sus interrogantes, opiniones y/o reclamos ante la autoridad responsable de administrar dicho depósito de vehículos.

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