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A prisión por millonario fraude en la compra de terreno

Publicado el 8 mayo, 2021 | | Compartir

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A prisión por millonario fraude en la compra de terreno
Screenshot 2021 05 08 15 49 07 1Tegucigalpa, Francisco Morazán.- La Fiscalía Especial de Protección al Consumidor y Adulto Mayor (FEPCAM) logró en audiencia inicial auto de formal procesamiento con la medida de prisión preventiva en contra de Karen Jamileth Bush Álvarez, representante de la sociedad mercantil NEU Construcción S.A ahora NEU Construct.
A Bush Álvarez, el Ministerio Público la acusó por suponerla responsable del delito de otros fraudes en perjuicio de Elionora Flores Panchamé.
De acuerdo al expediente investigativo, en fecha 08 de julio de 2014, se celebró un contrato privado de promesa de compraventa de un bien inmueble entre Elionora Flores Panchame y Karen Jamileth Bush Álvarez, sobre un lote de terreno ubicado en colonia la Sosa de la ciudad de Tegucigalpa, por la cantidad de 5 millones de Lempiras.
Asimismo, en el mismo contrato se detalla que la ofendida recibió un anticipo de L250.000.00; quedando pendiente un saldo de L 4,500.000.00, los que se comprometió pagar mensualmente durante un año por la suma de L 208,333.33
La imputada tras incumplir el contrato de compra venta suscrito, no canceló los pagos acordados de forma mensual sino meses después por cantidades inferiores a las acordadas, con intervalos de hasta cinco meses.
De acuerdo al informe de auditoria de la FEPCAM, los cinco depósitos que realizaron entre los años 2015 al 2017; mismos que suman un total de L870,000.00.
Por otra parte, en las declaraciones, la ofendida manifiesta que bajo astucia y engaño de mala fe, fue convencida por Bush Álvarez, para que le suscribiera una escritura pública, donde le cedía los derechos sobre el inmueble, ya que estaba solicitando un préstamo bancario para pagarle en su totalidad.
Por lo que la afectada accedió de buena fe, indujendola a caer en un error con la esperanza que finalmente se le pagaría lo convenido, otorgándole una escritura el mismo día de la firma del contrato, estableciendo la mínima cantidad de 150,000.00 lempiras para efectos legales.
Después que transcurrieron ocho meses, la encausada solicitó un préstamo en una agencia bancaria, utilizando el bien inmueble como parte de la garantía hipotecaria sin pagarle lo que inicialmente habían acordado hasta la fecha.
En ese sentido, la procesada se apropió de mala fe del bien inmueble sin la intención de pago alguno.
Posteriormente, la encausada construyó en el inmueble unas Ofibodegas, las cuales puso en garantía con la misma institución bancaria la que promovió demanda de ejecución hipotecaria en su contra en el Juzgado de Letras de lo Civil, Francisco Morazán, bien inmueble inscrito ahora a favor de la financiera.

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