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Corte de Apelaciones da la razón al Ministerio Público y ordena al Juzgado admitir reconocimiento fotográfico de una persona sospechosa de cometer un asesinato

Publicado el 25 septiembre, 2020 | | Compartir

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Corte de Apelaciones da la razón al Ministerio Público y ordena al Juzgado admitir reconocimiento fotográfico de una persona sospechosa de cometer un asesinato

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San Pedro Sula, Cortés. – Un recurso de amparo promovido por la Fiscalía Especial de Delitos Contra la Vida (FEDCV) a una resolución dictada por un juez del Juzgado de lo Penal de la Seccional de San Pedro Sula, fue resuelto favorable por la Corte de Apelaciones Penal a favor de una persona víctima de un hecho delictivo.

La interposición del amparo nace, cuando en fecha 8 de noviembre de 2018, la FEDCV, presentó ante el Juzgado de lo Penal la petición de practicar una audiencia de reconocimiento de persona con soporte de álbum fotográfico, solicitud que fue admitida el 15 de noviembre y se ordenó llevar a cabo la misma en fecha 29 de noviembre, pero por la incomparecencia de la defensa se reprogramó.

La FEDCV, presentó nuevamente en fecha 19 de marzo de 2019 la petición, pero esta vez, según el auto de fecha 2 de abril y tomando como base el artículo 273 del Código Procesal Penal, el Juzgado negó lo solicitado señalando que es una diligencia de investigación propia del Ministerio Público y que la misma no procedía anticiparlo judicialmente como prueba anticipada, por lo que, en tiempo y forma, se presentó el recurso de reposición y también fue denegado.

La solicitud planteada era encaminada a poder identificar mediante fotografía la identidad de una persona sospechosa del delito de asesinato en perjuicio de Ramón Antonio Martínez Zúñiga.

La resolución declarada sin lugar, motivó a interponer el recurso de amparo, en donde la Corte de Apelaciones Penal de San Pedro Sula otorga el mismo, en beneficio de la sociedad de Honduras y ordena al Juzgado proceder a realizar la prueba de reconocimiento fotográfico de conformidad al artículo 253 del Código Procesal Penal y el artículo 64 de la Ley Sobre Justicia Constitucional.

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